Cómo se debe llenar el Formulario IT1-República Dominicana

Como en cada país, en República Dominicana también existen leyes que controlan y fomentan el cumplimiento de los pagos de impuestos.

En especifico, el Formulario IT1 es el documento que, en dicho país, permite liquidar el impuesto de la importación y transferencia de artículos o bienes industriales.

En este artículo, hablaremos de qué es, cómo llenarlo y más. ¡Acompáñanos! 

¿Qué es el Formulario IT1?

El Formulario IT1 es un documento creado por el organismo encargado de controlar impuestos internos como herramienta para liquidar el impuesto que hipoteca la importación y transferencia de bienes industrializados, junto con la ITBIS (prestación de servicios).

Formulario IT1

Se puede considerar también, un tributo que actúa como valor agregado y aplicado al consumo, de forma general.

Presentar este documento permite corroborar que el monto colocado en la casilla «ITBIS pagado en importaciones» sea el mismo reportado en la DGA (Dirección General de Aduanas). 

IMPORTANTE

Antes de presentar el Formulario IT1, es necesario enviar los formularios que corresponden para empezar el proceso.

El llenado del Formulario IT1 debe ser hecho, en simultaneo, con el del Anexo A, debido a que esta sección se relaciona con el Formulario 607.

¿Cómo Llenar el Formulario IT1?

El pago y la declaración referente al impuesto registrado en el Formulario IT1, debe hacerse los primeros 20 días del mes en que se realice el trámite.

Formulario IT1

Por ejemplo: El caso de las «Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios» del mes de mayo, habiendo declarado el Formulario IT1, entre los primeros 20 días de junio. 

Es necesario haber enviado en el momento que corresponde los Formularios de Envío 606 y 607, debido a que se relacionan con los datos del Anexo A, que acompaña al formulario que nos compete.

La autoridad tributaria pone a disposición de la población dos opciones para cumplimentar con la declaración haciendo uso del Formulario IT1:

  • Ir a la oficina local del DGII, presentando el formulario. Este puede ser el que dispensa la misma oficina o el impreso a través de la página web oficial.
  • En la Oficina Virtual habiendo completado la declaración interactiva en línea.

Paso a Paso para Completarlo

Pasos para completar las Declaraciones Juradas en el  IT1:

  1. Ir a la página web oficial de la DGII.
  2. Seleccionar la Oficina Virtual.
  3. Ingresar usuario y clave.
  4. Según corresponda, marcar el número de Token o el código de la tarjeta.
  5. En la sección de Declaraciones Juradas, seleccionar «Declaración Interactiva».
  6. Elegir la «Declaración del ITBIS, sección Anexos» y completar los campos de información que aparezcan. 
  7. En los Anexos se muestra «ITA – Anexo de la Declaración del ITBIS» y en cambio, en el Formulario se muestra «IT1 – Declaración del ITBIS». 

El anexo debe enviarse antes de la presentación del Formulario IT1.

Llenado para Formulario IT1 de empresas

Este documento debe ser completado y presentado todos los meses del año por los contribuyentes que efectúen alguna actividad económica que este hipotecada con el ITBIS (Impuesto sobre las Transferencias de Bienes y Servicios).

Como esta establecido en la ley Art. 353 del Código Tributario, debe presentarse en la DGII independientemente del pago de impuestos. La información que esté incluida en este formulario debe estar escrita a maquina o letra molde legible. No se aceptaran declaraciones presentada con tachaduras o incompletas.

Los pagos deben consignarse en RD$; es decir, pesos dominicanos. Contándolos sin decimales, siempre redondeando los montos.

Partes y Secciones

Datos Generales: Información personal del contribuyente.

Período: Mes y año de la realización de las  operaciones declaradas, menor o igual que el mes cursante.

Fecha Límite de Declaración: La fecha de presentación del IT1 es el día 20 del mes posterior al que se hace la declaración.

Tipo de Declaración y/o Pago: Normal, para las declaraciones que el contribuyente presente cada mes y, Rectificativas las que modifican la declaración normal cuando exista una determinación por parte del DGII o se haya presentado como inconsistencia.

Las siguientes deben ser solo exclusivamente rectificativas: RNC/Cédula, Nombres/Razón Social, Nombre Comercial, Teléfono y Fax, Correo Electrónico.  Como datos obligatorios están RNC/Cédula, Nombre/Razón Social y Teléfono.

Operaciones

En este formulario, se disponen muchas casillas para llenar, 43 en total. A continuación, se mencionan y explican solo algunas:

Casilla 1 › Total de Operaciones del Período. Se consigna el total de los ingresos netos percibidos durante el período que se declara, incluyendo las operaciones exentas.

Casilla 2 › Ingresos por Operaciones Exentas. Se consignan los ingresos percibidos por las operaciones exentas según lo indicado en los artículos 343 y 344 del Código Tributario.

Casilla 3 › Ingresos por Operaciones Gravadas. Son los ingresos, que basado en la ley, se debieron facturar el ITBIS. Debe coincidir con los datos de las dos primeras casillas.

Casilla 4 › Total de Operaciones Gravadas 16%. Se coloca el monto total de operaciones gravadas con la tasa del 16% porque existen tasas diferenciadas según el tipo de operación y se debe distinguir de otras por lo que tienen su propia casilla.

Casilla 5 › Total de Operaciones Gravadas por Servicios Publicitarios 10%. Se coloca el valor total de los servicios publicitarios (Art. 2 del reglamento) gravados con la tasa del 10%.

Liquidación

Casilla 6 › ITBIS Cobrado. Es el resultado de aplicar la tasa del 16% al total de operaciones gravadas, excepto publicidad.

Casilla 7 › ITBIS Cobrado. Es el resultado de aplicar la tasa del 10% a las operaciones correspondiente a servicios publicitarios.

Casilla 8 › Total ITBIS Cobrado. Registro del monto obtenido de la suma de las casillas 6+7.

Casilla 9 › ITBIS Pagado en Compras Locales.

Casilla 10 › ITBIS Pagado por Servicios Deducibles.

Casilla 11 › ITBIS Pagado en Importaciones. Los datos del ITBIS deducible deben aparecer reportados electrónicamente a la DGII a través de la herramienta disponible en la página de web http://www.dgii.gov.do

Casilla 12 › Total ITBIS Pagado.

Casilla 13 Impuesto a Pagar. Este valor es la suma de los montos de la casilla 8 a la 12, debe ser positivo.

Casilla 14 Saldo a Favor. Es el resultado de la operación matemática indicada en el punto anterior, siempre que sea negativo.

Casilla 15 Saldos Compensables Autorizados (Otros Impuestos). Deben estar autorizados por la DGII.

»Entre otras casillas.«

Penalidades
Formulario IT1

En la casilla 21 agregar el resultado de aplicar las infracciones y sanciones contempladas en los Art. 27, 252 y 257 del Código Tributario.

Monto a Pagar

Es el resultado de determinar el monto a pagar por concepto del ITBIS por Operaciones Gravadas.

Casilla 25 Total a Pagar (suma de las casillas 20+22+23+24).

ITBIS Retenido

Aparecerán los diferentes conceptos por el cual se retiene el ITBIS a terceros.

Casilla 26 › Servicios Sujetos a Retención Personas Físicas.

Casilla 27 Servicios sujetos a Retención Sociedades.

Casilla 28 › Servicios Publicitarios sujetos a Retención Personas Físicas.

Casilla 29 › Servicios Publicitarios sujetos a Retención Sociedades.

Casilla 30 ITBIS Retenido por Servicios Sujetos a Retención Personas Físicas.

»Entre otras casillas.«

Casilla 42 › Total a Pagar.

Total General

Casilla 43 › Aquí se incluye el monto obtenido de la suma del Total a Pagar por operaciones gravadas del periodo declarado más el Total a Pagar correspondiente al ITBIS retenido.

Juramento del Declarante

Aquí se escribe el nombre del declarante. Este debe firmar bajo juramento formal que los datos que aparezcan en la Declaración de ITBIS son correctos y completos.

El juramento bajo el cual deberán presentarse las declaraciones de ITBIS tendrá efectos legales a partir del momento de la presentación de la declaración, firmada de su puño y letra por el declarante.

¿Cómo Enviar el Formulario IT1?

Lo que se describe a continuación es el procedimiento para enviar el Formulario IT1:

  1. Con antelación debe haber creado su usuario y clave para poder ingresar a la Oficina Virtual.
  2. Luego de completar el llenado con los datos e información solicitada, aparecerá una opción de envío de documento de la siguiente manera:
  • Al completar el Anexo A, debe dar clic en la opción «Enviar Documento».
  • Confirmar el proceso seleccionando «OK».

La organización se encargará de recibir la respuesta y el número de recepción, lo aceptaran e imprimirán el comprobante. Completaran la declaración en el Formulario IT1 y enviaran la remisión del Anexo A, para finalizar el procedimiento.

Dirección General de Impuestos Internos (DGII)

La Dirección General de Impuestos Internos es una institución que se encarga de administrar y recaudar los principales impuestos internos y tasas de la República Dominicana. Su surgimiento tuvo lugar con la promulgación de la Ley 166-97, el 27 de julio de 1997 que junta las antiguas instituciones con las más modernas.

Formulario IT1

El 19 de junio de 2006 se estableció la Ley  N. 227-06, que decreta personalidad jurídica o autonomía funcional, presupuestaria, administrativa, técnica y patrimonio propia de la institución. 

Ahora ofrece una Oficina Virtual que es un medio electrónico, que permite al contribuyente realiza, con seguridad y cuando lo desee, actividades relacionadas a los servicios y trámites que requieren las leyes tributarias.

Podrán realizarse consultas, declaraciones y impuestos y transacciones, accediendo a herramientas e instructivos que incentivan estas gestiones.

Dudas Comunes sobre el Formulario IT1

  • Presentar la declaración sin que este vencida o cercanamente próxima a vencer.
  • Si los valores reflejados al consultar los Pagos de Importaciones en DGA no coinciden con los previamente cancelados, la persona interesada debe comunicarse con la Dirección General de Aduanas y verificar todo el proceso. 
  • Si se encuentra un error en el formulario, existe la posibilidad de eliminarlo y volverlo a intentar pasando por el proceso de remisión, el sistema automáticamente informa cuando este presentada la declaración.